Primeros resultados sobre ataque a embajada cubana en Washington

Tras el ataque a la embajada cubana en Washington el 30 de abril de 2020, los Servicios Secretos de EE.UU. comenzaron su investigación sobre los motivos del hecho. El principal acusado es Alexander Alazo, presunto atacante. A continuación reproducimos un resumen del documento emitido hoy por la Corte de Justicia del Distrito de Columbia.

Los hechos

A partir de la noche del 29 de abril de 2020 y hasta la madrugada del 30 de abril de 2020, el acusado Alexander Alazo se dirigió a la Embajada de Cuba, ubicada en 2630 16th Street, NW, Washington, DC, de Middletown, Pensilvania, para confrontar a su «enemigo», los cubanos, específicamente, miembros del crimen organizado. Durante años, creyó que miembros del crimen organizado cubano lo estaban vigilando y querían dañarlo a él y a su familia. En la Embajada, trató de encender una bandera cubana empapada de gasolina, pero no pudo hacerlo porque estaba lloviendo.

Gritó y gritó al edificio ocupado. «¡Dispárame si quieres dispararme!» «¡Estoy aquí!» «¡Soy americano!» «¡Soy yanqui!» Y luego el Demandado Alazo tomó su rifle semiautomático de estilo AK-47 y lo disparó 32 veces al edificio, causando daños exteriores extensos y penetrando en el mismo edificio. Afortunadamente y por suerte, nadie resultó herido. El acusado Alazo luego le dijo a la policía que si hubiera visto a alguien salir de la embajada, incluso el embajador, le habría disparado porque él es «el enemigo». Creía que tenía que disparar primero, antes de que alguien que saliera del edificio le disparara.

El video de vigilancia del edificio registró el delito. En la foto de abajo, se puede ver al acusado Alazo disparando su arma contra la embajada.

Respuesta de la ley ante los hechos

El 30 de abril de 2020, aproximadamente a las 2:13 am, los oficiales del Departamento de Policía Metropolitana («MPD») llegaron a la Embajada para investigar los informes de disparos en el área. Después de un análisis posterior, se determinó que ShotSpotter grabó 32 disparos. (ShotSpotter detecta y geolocaliza el 90% de los incidentes detectables al aire libre dentro del área de cobertura con precisión dentro de un círculo de 25 metros).

Los oficiales encontraron al acusado Alazo parado frente a la embajada. Sostenía una bandera estadounidense y gritaba declaraciones sin sentido. (En la Declaración de Hechos presentada ante la Demanda en este asunto, la bandera que sostenía el Demandado Alazo fue descrita erróneamente como una bandera cubana. De hecho, la bandera cubana estaba rociada con gasolina y en el suelo, y el Demandado Alazo sostenía un americano bandera cuando fue detenido).

A continuación se muestra una imagen fija de video de la cámara del cuerpo de un oficial que muestra el acercamiento inicial del oficial al Demandado Alazo.

Los oficiales detuvieron al acusado Alazo sin incidentes.El acusado Alazo llevaba una sudadera a la que había colocado las letras del FBI. Los oficiales observaron un arma de fuego enfrente de la puerta de entrada peatonal a la Sección de Intereses de Cuba. En la escena, el acusado Alazo les dijo a los oficiales del MPD que el arma de fuego era suya. El arma de fuego se identificó más tarde como un rifle semiautomático Century Arms Inc., un arma de estilo AK-47.

Los técnicos de la escena del crimen recogieron 32 casquillos gastados de la acera y la calle donde el acusado Alazo había estado parado. Tomaron fotografías de daños sufridos en la fachada del edificio y daños causados ​​por proyectiles que habían penetrado en el edificio y que habían golpeado objetos interiores del edificio ocupado.

Específicamente, los técnicos de la escena del crimen observaron y fotografiaron múltiples defectos aparentes en el área del patio delantero / entrada, incluido el daño aparente a la cerca exterior, el asta de la bandera, la estatua y los pilares. Los técnicos de la escena del crimen también recuperaron una bandera cubana que tenía escrito que posiblemente había sido rociada con gasolina.

En el momento del delito, había personas dentro de la Embajada. El acusado Alazo fue transportado a la estación MPD del Tercer Distrito para procesar e interrogar a los prisioneros. Una pequeña bolsa de plástico roja que contenía una sustancia en polvo blanca estaba ubicada en la parte trasera del vehículo de transporte que llevó al Demandado Alazo de la ubicación del delito a la estación MPD del Tercer Distrito. Una presunta prueba de campo concluyó que la sustancia en polvo blanca en cuestión dio positivo en cocaína y base de cocaína.Para la policía, el acusado Alazo negó cualquier uso de drogas.

Prisión preventiva

A la luz de la conducta en este caso, el continuo peligro del acusado Alazo para la comunidad, el riesgo de fuga y las penas que enfrenta por sus delitos, la detención preventiva es necesaria para garantizar la seguridad de la comunidad y que el acusado Alazo no huya para evadir el enjuiciamiento.

La naturaleza y las circunstancias del delito pesan a favor de la detención. En resumen, el acusado Alazo condujo desde Pennsylvania a Washington, DC con el expreso propósito de ir a la Embajada de Cuba para confrontar a su «enemigo». Si hubiera visto a alguien salir de la embajada, él, por su propia admisión, le habría disparado. 

Es increíblemente afortunado que nadie haya salido de la Embajada durante el torrente de violencia del acusado Alazo al descargar más de treinta disparos de fusil en la parte delantera del edificio, disparos lo suficientemente potentes como para dejar agujeros visibles y daños en la fachada y las estructuras, tanto por fuera como por dentro . De hecho, es increíblemente afortunado que aquellos dentro del edificio no fueron alcanzados por esas balas que penetraron en el edificio.

El peso de la evidencia contra el acusado Alazo es abrumador e incontrovertible. El delito fue capturado en video de vigilancia. En la escena, el acusado Alazo identificó el arma de fuego y la bandera empapada de gasolina como suyas. Cuando lo entrevistaron, dos veces, las dos veces admitió su culpabilidad.

No puede haber ninguna duda sobre la culpabilidad del acusado Alazo; por lo tanto, el peso de la evidencia favorece la detención. Además, «donde el peso de la evidencia de culpa es fuerte, proporciona al acusado un incentivo adicional para huir». Estados Unidos v. Lorenzana-Cordon, No. CR 03-331-13 (CKK), 2015 WL 5011445, en * 3 (DDC 24 de agosto de 2015).

La historia y las características del acusado Alazo también pesan a favor de la detención. No tiene residencia estable. Por su propia admisión, ha estado viviendo en su automóvil y viajando de estado a estado debido a sus temores de asalto por individuos afiliados al crimen organizado cubano durante años.

Ha vivido en todo Estados Unidos y en otros países e incluso en el extranjero, se mudó para evadir a sus enemigos imaginados. Además de no tener una residencia estable, no tiene un empleo remunerado. El acusado Alazo no tiene vínculos identificables con Washington, DC Todos estos factores lo hacen un riesgo de fuga, especialmente 

Sin embargo, lo más significativo es que la conducta criminal del acusado a la luz de la sentencia máxima de 10 años que el acusado Alazo enfrenta en dos de los cargos en la demanda. Alazo en este caso ilustra su salud mental inestable, como lo demuestran sus propias declaraciones sobre las voces que escucha y su incumplimiento del régimen de medicamentos para la salud mental, y pesa mucho contra su liberación.

Para ser claros, el gobierno no busca la detención preventiva porque el acusado Alazo sufre una enfermedad de salud mental. Pero el hecho de que el acusado Alazo sufra de alucinaciones auditivas sobre las que actuó al conducir deliberadamente más de 100 millas durante varias horas con un rifle semiautomático cargado con el propósito expreso de confrontar a los funcionarios cubanos en la Embajada demuestra su peligrosidad. Sus acciones muestran una planificación anticipada, evidenciada por haber viajado previamente a la Embajada para verificar la ruta en las semanas previas al ataque, así como una increíble dedicación y compromiso para lastimar a otros. De hecho, por la propia admisión del acusado Alazo, habría disparado a cualquiera que emergiera de la embajada, incluido el embajador. Si bien lamentó su conducta, todavía ve a los cubanos como su enemigo. El los odia.

Esta dedicación y motivación para dañar a los funcionarios cubanos también cuestiona si el Demandado Alazo cumplirá con las órdenes judiciales, si se mantendrán alejados de la Embajada de Cuba, no cometerán ningún otro delito o regresarán a los tribunales. Y aunque el gobierno espera que la defensa argumentará que la esposa del acusado Alazo podrá garantizar el cumplimiento del acusado Alazo con su régimen de medicamentos antipsicóticos y garantizar que no actúe de nuevo en su paranoia, lamentablemente, sus intentos de hacerlo antes de que se cometiera el delito fracasaron.

Por lo tanto, el riesgo de que no continúe actuando de conformidad con su tratamiento o actuando contra sus supuestos antagonistas es, en opinión del gobierno, demasiado alto para permitir la liberación. Eso es cierto incluso suponiendo que el Demandado Alazo no actuaría peligrosamente incluso si cumpliera con su medicación. De hecho, debido a que el acusado Alazo duerme en su automóvil por la supuesta seguridad de su familia, no hay una forma real de evitar que cometa delitos adicionales. Y el hecho de que

El acusado Alazo tiene esposa e hijos pequeños no pesa a favor de la liberación a la luz de su aparente acceso a armas de fuego y exhibió una conducta inestable y violenta.

El cuarto factor, la naturaleza y la gravedad del peligro para cualquier persona o la comunidad que representa la liberación de la persona, también pesa a favor de la detención. Al parecer, el acusado Alazo ha creído durante años que las fuerzas cubanas son un peligro para él y su familia y ha actuado en consecuencia al moverse con frecuencia para evadirlos. Esos temores ahora han alcanzado un nuevo nivel, de modo que el acusado Alazo busca «atraparlos» antes de que puedan «atraparlo». Esto muestra que el Demandado Alazo plantea un riesgo continuo de que ningún nivel de supervisión comunitaria pueda mitigar lo suficiente.

Además, el objetivo de la agresión del acusado Alazo no es aleatorio. Él plantea un peligro específico para los funcionarios de Cuba. De hecho, el embajador cubano se ha referido a la conducta del acusado Alazo como un «ataque terrorista». (Ver » Embajador cubano en ataque a embajada de Estados Unidos «). Dado el comportamiento del acusado Alazo, ha demostrado que representa un grave riesgo para la seguridad de la comunidad. Por lo tanto, este factor también pesa a favor de la detención.

Conclusiones del caso

Por las razones mencionadas anteriormente, el gobierno respetuosamente afirma que la evidencia clara y convincente establece que no hay condiciones o combinaciones de condiciones que garanticen razonablemente la seguridad de cualquier otra persona y la comunidad. El gobierno también afirma que una preponderancia de la evidencia establece que el Demandado Alazo es un riesgo grave de fuga y que ninguna condición o combinación de condiciones asegurará su comparecencia ante el Tribunal. En consecuencia, el gobierno solicita respetuosamente que la Corte otorgue la moción del gobierno para detener al Demandado Alazo mientras está en juicio en este caso.

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